El derecho internacional fue fundamental para el desarrollo del constitucionalismo liberal, las organizaciones internacionales y la difusión de los derechos humanos en todo el mundo en el siglo XX. El sistema de seguridad colectiva, que se construyó a través del derecho internacional después de la Segunda Guerra Mundial, tenía el objetivo de evitar la repetición de la guerra interestatal.
Pero con la aparición de nuevas amenazas que traspasan las fronteras nacionales, como las redes terroristas transnacionales, el extremismo violento en línea y los “combatientes terroristas extranjeros” que viajan para unirse al ISIL en Siria, el orden jurídico internacional está cambiando. Están proliferando nuevas coaliciones, instrumentos e instituciones para contrarrestar las amenazas de manera más dinámica y flexible. Los tratados vinculantes y los mecanismos oficiales de toma de decisiones están siendo complementados (y, a veces, suplantados) por procesos informales de creación de derecho internacional (Pauwelyn, Wessel y Wouters, 2012). A medida que el derecho internacional se fragmenta en diferentes regímenes funcionales destinados a controlar los problemas de seguridad, este “se somete a la política del peritaje” (Koskenniemi, 2007: 10).
Según funcionarios de la ONU, los mecanismos de derechos humanos establecidos en el siglo XX corren el riesgo de quedar marginados “por la plétora de nuevas normas, reglamentos y obligaciones internacionales” que se han desarrollado rápidamente en el ámbito de la seguridad global a partir de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001 (Ní Aoláin, 2017: 9). En suma, el orden internacional de la posguerra creado para impedir las guerras entre Estados soberanos está siendo reconfigurado por nuevos actores, normas y procesos destinados a regular los riesgosos flujos transfronterizos y las amenazas de actores no estatales y de las redes. Sin embargo, las implicaciones de este cambio en la manera de practicar el derecho internacional, la rendición de cuentas de instituciones internacionales y la protección de derechos humanos, siguen siendo una cuestión pendiente. ¿Es este paso a la informalidad en la seguridad global el que marca el comienzo de un “futuro nuevo orden mundial… más efectivo y potencialmente más justo” que el orden del pasado, como algunos han afirmado (Slaughter, 2004: 6)? ¿O está debilitando el derecho internacional, haciendo que las instituciones internacionales sean opacas y los derechos humanos más difíciles de defender?
Este proyecto es un estudio socio-jurídico de la emergencia en movimiento. Su objetivo es comprender cómo las instituciones informales de gobernanza, creadas para contrarrestar las amenazas a la seguridad global, han logrado definir los límites del derecho internacional.
Nuestra hipótesis es que este giro hacia la informalidad está alterando significativamente la práctica del derecho internacional y las relaciones entre individuos, Estados y organizaciones internacionales. A partir de debates recientes en Relaciones Internacionales y ciencias sociales, proponemos analizar los procesos informales de creación del derecho internacional en el ámbito de la lucha contra el terrorismo como “ensamblajes de seguridad global” (Ong y Collier, 2004; Bueger, 2017).
Esta lente conceptual permite una mejor comprensión de las cambiantes relaciones entre las normas internacionales, las prácticas de gobernanza, las asociaciones público-privadas, los conocimientos especializados en materia de seguridad y las nuevas formas de cooperación inter-institucional que están configurando el derecho de seguridad global en la actualidad. Estudiaremos estos cambios centrándonos en tres ejemplos de gobernanza informal de la seguridad global en acción: el Foro Mundial contra el Terrorismo (GCTF, por sus siglas en inglés), el Equipo Especial de las Naciones Unidas para la Implementación de la Lucha contra el Terrorismo (CTITF), y el Foro Mundial de Internet para la Lucha contra el Terrorismo (GIFCT)